Vietnam: Marco Operativo para el Intercambio de Carbono Doméstico Establecido
Fecha de publicación: 23 enero 2026
El 19 de enero de 2026, el Gobierno de Vietnam emitió el Decreto No. 29/2026/ND-CP (“Decreto 29”), estableciendo un marco operativo para un intercambio de carbono doméstico centralizado. El Decreto afecta directamente a las empresas sujetas a cuotas de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI), a los desarrolladores de proyectos que generan créditos de carbono, y a las instituciones involucradas en actividades de registro, depósito, comercio y liquidación. Las empresas afectadas deben evaluar de inmediato su preparación para el cumplimiento, incluyendo la configuración de cuentas, controles internos, integración de datos y elegibilidad de las cuotas de emisiones de GEI y créditos de carbono. Las firmas de valores y los bancos deben evaluar los requisitos de licencia, infraestructura y operaciones para participar como miembros de depósito, miembros de comercio o bancos de liquidación.
El Decreto 29 entró en vigor inmediatamente tras su emisión, con una fase de mercado piloto que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2028 (no se cobrarán tarifas por servicios de intercambio durante este período), antes de la comercialización completa que comenzará el 1 de enero de 2029.
Acciones recomendadas
Se recomiendan las siguientes acciones a la luz del Decreto 29:
Evaluación de la elegibilidad y preparación del mercado: Las empresas sujetas a cuotas de emisiones de GEI y los desarrolladores de proyectos que generan créditos de carbono deben revisar si sus activos califican para el comercio. También deben asegurarse de comprender completamente el proceso de comercio bajo el Decreto 29, incluyendo el registro, codificación, depósito, comercio, liquidación y transferencia de propiedad de las cuotas de emisiones de GEI y créditos de carbono en el intercambio de carbono doméstico.
Fortalecimiento de la gobernanza del cumplimiento: Todos los participantes del mercado (incluyendo, entre otros, las empresas sujetas a cuotas de emisiones de GEI y los desarrolladores de proyectos que generan créditos de carbono, las firmas de valores relevantes y los bancos comerciales relevantes) deben revisar sus marcos de cumplimiento a la luz de las obligaciones mejoradas relacionadas con el registro, depósito y reglas de comercio, conducta del mercado, y requisitos de informe y divulgación. Los procesos deben actualizarse para apoyar la liquidación en tiempo real y los mecanismos de entrega versus pago sincronizados.
Planificación para la implementación en fases: Antes de la comercialización completa, las empresas deben considerar la fase de mercado piloto (por el final de 2028) en la planificación empresarial, incluyendo sus posibles impactos en los flujos de trabajo internos, las estrategias de gestión de activos y los procesos financieros.
Estructura del mercado y participantes
La Secretaría de Agricultura y Medio Ambiente (MAE) gestiona el sistema de registro nacional, incluyendo el registro, codificación y actualizaciones de propiedad para las cuotas de emisiones de GEI y créditos de carbono. La Bolsa de Hanoi (HNX) opera el sistema de comercio de carbono. La Corporación de Depósito y Liquidación de Valores de Vietnam (VSDC) opera el sistema de depósito y liquidación de carbono. Las firmas de valores aprobadas por la Bolsa de Valores de Vietnam (VNX) pueden participar en el sistema de comercio de carbono como miembros de comercio. Aquellas aprobadas por VSDC pueden participar en el sistema de depósito y liquidación de carbono como miembros de depósito. Los bancos comerciales aprobados por la Comisión Estatal de Valores de Vietnam pueden proporcionar servicios de pago para el comercio de cuotas de emisiones de GEI y créditos de carbono como bancos de liquidación.
Las entidades elegibles para el comercio de cuotas de emisiones de GEI y créditos de carbono son aquellas definidas en el Decreto No. 06/2022/ND-CP (como modificado), incluyendo instalaciones asignadas cuotas de emisiones de GEI, y agencias y organizaciones dentro del territorio de la República Socialista de Vietnam, respectivamente.
Activos elegibles para el comercio
Los activos elegibles para el comercio son aquellos definidos en el Decreto No. 06/2022/ND-CP (como modificado), incluyendo las cuotas de emisiones de GEI asignadas a las instalaciones relevantes y los créditos de carbono otorgados por los resultados de reducción de emisiones de GEI de programas y proyectos bajo el mecanismo de intercambio y compensación de créditos de carbono domésticos e internacionales desde el 1 de enero de 2021. La MAE notifica y actualiza la lista de activos elegibles para el comercio, las fechas de inicio y fin del comercio a HNX y VSDC.
Registro y codificación
Todas las cuotas de emisiones de GEI y créditos de carbono deben registrarse centralmente en el sistema de registro nacional de la MAE, incluyendo los detalles de propiedad, antes de ser depositados y comercializados en el intercambio. La MAE emite códigos nacionales para las cuotas de emisiones de GEI y créditos de carbono, que se utilizan de manera consistente en los sistemas de registro, intercambio, depósito y liquidación.
Depósito y comercio
Todas las cuotas de emisiones de GEI y créditos de carbono deben depositarse con VSDC antes del comercio. El comercio de cuotas de emisiones de GEI o créditos de carbono solo está permitido en el sistema de comercio de carbono, excepto para casos limitados especificados por la MAE. Las entidades comerciales solo pueden mantener: (i) una cuenta de depósito de valores en un miembro de depósito para fines de depósito y liquidación (una cuenta adicional de depósito de valores puede usarse solo en el caso limitado en el que la entidad esté transfiriendo de su cuenta de depósito en un miembro de depósito a su cuenta de depósito en otro miembro de depósito); y (ii) una cuenta de comercio de valores en un miembro de comercio para el comercio, separada de todas las actividades de comercio de valores.
Las entidades comerciales deben tener fondos suficientes cuando coloquen órdenes de compra y cuotas de emisiones de GEI o créditos de carbono suficientes cuando coloquen órdenes de venta. Los miembros de comercio deben monitorear los saldos de cuotas de emisiones de GEI o créditos de carbono y fondos, verificar los detalles de las órdenes, notificar a las entidades comerciales de los resultados del comercio inmediatamente después de la ejecución, y proporcionar estados de cuenta mensuales o cuando se soliciten.
La manipulación del mercado, la desinformación y el abuso del sistema están expresamente prohibidos y sujetos a sanciones administrativas o penales.
Liquidación y transferencia
Las transacciones de carbono se liquidan por VSDC en el mismo día de trading a través del sistema de depósito y liquidación de carbono, basándose en los resultados del comercio proporcionados por HNX, utilizando un método de liquidación en tiempo real, transacción por transacción. No se aplica ningún mecanismo de compensación central.
El banco de liquidación procesa los pagos en efectivo a través de su sistema de cuentas de pago, basándose en las obligaciones de liquidación determinadas por VSDC y la autorización dada por los miembros de depósito. Las transferencias de cuotas de emisiones de GEI o créditos de carbono entre cuentas se llevan a cabo simultáneamente con los pagos en efectivo correspondientes, asegurando la entrega y el pago sincronizados. Para las transferencias en el sistema de comercio de carbono, VSDC actualiza la propiedad de las cuotas de emisiones de GEI o créditos de carbono inmediatamente después de que se complete la liquidación. Para las transferencias fuera del sistema de comercio de carbono, la MAE proporcionará orientación y llevará a cabo la transferencia de propiedad de las cuotas de emisiones de GEI o créditos de carbono. Si las cuotas de emisiones de GEI o créditos de carbono se han depositado con VSDC, la MAE solo podrá realizar la transferencia después de que las cuotas o créditos se hayan retirado del sistema de depósito y liquidación de carbono.
Informes y divulgación de información
Los miembros de depósito y los miembros de comercio están obligados a presentar informes periódicos y ad hoc a VSDC y VNX de acuerdo con sus reglas. VSDC, HNX y VNX están obligados a divulgar, en sus sitios web, cierta información dentro de las 72 horas desde la ocurrencia, incluyendo, entre otros, la suspensión o reanudación de las operaciones de depósito y liquidación por parte de VSDC, la información al final del día sobre los resultados diarios del comercio por parte de HNX, la suspensión o reanudación de los servicios de comercio de carbono por parte de HNX. Las entidades comerciales que tienen una cuenta en el sistema de registro nacional deben divulgar información de acuerdo con la orientación de la MAE.
Para asesoramiento específico sobre cualquier problema y transacción relacionada con el comercio de cuotas de emisiones de GEI y créditos de carbono en el intercambio de carbono doméstico, no dude en contactarnos.
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Hoang Anh Vu, Pasante, ha contribuido a esta actualización legal.
Nota originada según la Fuente: Baker McKenzie – Leer artículo original (la transcripción es un espejo de la fuente citada)
🎯 La Opinión de El Genio Inversor 👇
Sí, el artículo contiene información suficiente para publicarse en **creditosdecarbono.com.py**.
Es un desarrollo estratégico clave: Vietnam acaba de establecer su marco operativo para un intercambio de carbono doméstico centralizado mediante el Decreto No. 29/2026/ND-CP, vigente desde el 19 de enero de 2026. Este paso refuerza la tendencia regional en Asia del Sudeste —ya observada en Tailandia y Filipinas— hacia mercados regulados de carbono alineados con los Artículos 6 del Acuerdo de París. Lo más destacable es la clara división funcional entre instituciones: la Secretaría de Agricultura y Medio Ambiente (MAE) como autoridad rectora, la Bolsa de Hanoi (HNX) como operador de mercado, y la Corporación de Depósito y Liquidación de Valores de Vietnam (VSDC) gestionando la infraestructura crítica de custodia y liquidación en tiempo real —un modelo técnico robusto que inspira confianza regulatoria.
Además, el diseño en fases —con un piloto sin tarifas hasta finales de 2028 y plena operación a partir de 2029— muestra una transición pragmática y escalonada, similar a la adoptada por Colombia en su reciente sistema de comercio de emisiones. El énfasis en la integridad del mercado (prohibición expresa de manipulación, requisitos de fondos y activos previos a la operación, y mecanismos de *delivery versus payment*) posiciona a Vietnam como referente emergente en gobernanza climática institucional en mercados en desarrollo.
¿Qué lecciones puede extraer Paraguay —en pleno diseño de su propio sistema de créditos de carbono bajo la Ley 6937/22— de esta arquitectura institucional clara, segmentada y técnicamente sólida?
💡 La opinión de El Genio Inversor es una opinión libre de intereses particulares o privados y debe ser tomada como tal.



